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ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN AFIGRANCA Imprimir E-mail

CAPÍTULO VII.- MODIFICACION DE ESTATUTOS Y NORMAS DE REGIMEN INTERNO

Artículo 42.- Modificación de Estatutos

Los Estatutos de la asociación podrán ser modificados cuando resulte conveniente a los intereses de la misma, por acuerdo de la asamblea general convocada específicamente al efecto.

El acuerdo de modificar los estatutos requiere mayoría cualificada de los socios presentes o representados.

Artículo 43.- Normas de régimen interno

Los presentes estatutos podrán ser desarrollados mediante normas de régimen interno, aprobadas por acuerdo de la Asamblea general por mayoría simple de los socios presentes o representados.

CAPITULO VIII.- DISOLUCION DE LA ASOCIACION.

Artículo 44.- Causas

La Asociación puede disolverse:

a) Por Sentencia judicial firme.
b) Por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria.
c) Por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil.

Artículo 45.- Comisión Liquidadora

Acordada la disolución, la Asamblea General Extraordinaria designará a una Comisión Liquidadora.

Corresponde a los miembros de esta Comisión Liquidadora:

a) Velar por la integridad del patrimonio de la asociación.
b) Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas, que sean precisas para la liquidación.
c) Cobrar los créditos de la entidad.
d) Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores.
e) Aplicar los bienes sobrantes a los fines previstos en los presentes Estatutos.
f) Solicitar la cancelación de los asientos en el Registro de Asociaciones.

Artículo 46.- Destino del patrimonio de la Asociación en caso de disolución

La Comisión Liquidadora destinará prioritariamente el patrimonio de la Asociación a una organización que haya sido declarada de Utilidad Pública, como condición imprescindible, y preferentemente con ámbito de actuación en la misma isla (Gran Canaria) donde su objetivo y finalidad sea la atención a enfermos de Fibromialgia, Síndrome de Fatiga Crónica o Síndrome Químico Múltiple o similares.


DISPOSICION FINAL

Los presentes Estatutos aprobados el día 26 de Noviembre de 2008, de cuyo contenido dan testimonio y firman al margen de cada una de las hojas que lo integran, las personas siguientes, modifican los anteriores por los que se regía la asociación:

Vº Bº EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA  
EL SECRETARIODE LA JUNTA DIRECTIVA

DESCARGA AQUÍ EL DOCUMENTO COMPLETO DE LOS ESTATUTOS DE AFIGRANCA





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